PRODUCCIONES
ESCUELA
NORMAL SUPERIOR DE URABÁ.
NÚCLEO
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
DIDÁCTICA
DE LA ENSEÑANZA EN LA TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA.
FECHA: Mayo/29/2018
MAESTRO EN FORMACIÓN: JOHANDRIS BELLO MEDRANO
PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
III
SEMESTRE
FUNDAMENTACIÓN LEGAL DEL ÁREA DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA. |
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Constitución
política de Colombia
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Ley
general de la educación
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Ley
1341 de 2009
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Decreto
1002 de 1984
Artículo 6° En la Educación
Básica Secundaria, además de las áreas anteriores,
se incluyen como áreas comunes la de educación en tecnología y
la correspondiente a un idioma extranjero. Parágrafo.
Se entiende por educación en
tecnología la que tiene por objeto
la aplicación racional de los conocimientos y
la adquisición y ejercicio de habilidades y destrezas
que contribuyan a una formación integral, faciliten
la articulación entre educación y trabajo, y permitan al alumno
utilizar de manera efectiva los bienes y servicios
que le ofrece el medio.
Artículo 7° El área de
educación en tecnología, que cada centro educativo establecerá en
Básica Secundaria, debe seguir una secuencia organizada y
mantener la debida continuidad a través de todos
los grados. Esta área estará preferentemente orientada
hacia la o las modalidades elegidas por el Centro Educativo.
Decreto 1419 de 1978
Artículo 9°. El proceso de
enseñanza en las modalidades vocacionales de que trata el
artículo anterior, se diseñará y aplicará de acuerdo
con las siguientes características:
A) Ejercitará
en la tecnología propia de la modalidad.
Artículo 10°. La educación media
vocacional conduce al grado de
bachiller. Se diversificará en los siguientes tipos
de bachillerato:
B) Bachillerato en
Tecnología.
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El Proyecto Educativo
Institucional da cumplimiento a la Ley 115 o Ley general de educación
que plantea la Tecnología como una
área obligatoria dentro del plan de
estudios permitiendo desarrollar
Intencionalmente el currículo con
miras a satisfacer las necesidades
y expectativas de la comunidad
educativa
De acuerdo con lo
anterior el área de tecnología e
informática amerita su
reconocimiento para posicionarse
con los recursos, programas,
docentes competentes y espacios
físicos que se requieren.
Finalmente el área de Tecnología
favorece el desarrollo integral de los
estudiantes, permitiéndoles
solucionar problemas, tomar
decisiones, buscar información,
analizar situaciones para formar
ciudadanos competentes con juicio
critico y actitud positiva hacia el
trabajo en equipo, que le permita
adaptarse a las condiciones de vida
en una sociedad en continua
evolución.
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Artículo 6.- Definición De TIC:
Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante TIC), son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como: voz, datos, texto, vídeo e imágenes.
ARTICULACIÓN DEL PLAN DE TIC:
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones coordinará la articulación del Plan de TIC, con el Plan de Educación y los demás planes sectoriales, para facilitar la concatenación de las acciones, eficiencia en la utilización de los recursos y avanzar hacia los mismos objetivos. Apoyará al Ministerio de Educación Nacional para:
1. Fomentar el emprendimiento
en TIC, desde los establecimientos educativos, con alto contenido en
innovación.
2. Poner en marcha un Sistema Nacional de alfabetización digital.
3. Capacitar en TIC a
docentes de todos los niveles.
4. Incluir la cátedra de
TIC en todo el sistema educativo, desde la infancia.
5. Ejercer mayor control
en los cafés Internet para seguridad de los niños.
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